Consulta Ciudadana Pública para la Expedición del Reglamento del Sistema Municipal de Cuidados de Monterrey, y Reforma diversas disposiciones del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey
Iniciativa para la Expedición del Reglamento del Sistema Municipal de Cuidados de Monterrey, y Reforma diversas disposiciones del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey
ARTÍCULO 17.
La situación de dependencia por motivos de edad, discapacidad o enfermedades se clasificará en los siguientes grados: 1. Grado l. Dependencia leve: Situación en la que una persona requiere asistencia para llevar a cabo diversas actividades de la vida diaria al menos una vez al día, o presenta necesidades de respaldo intermitente o limitado para preservar su autonomía personal;2. Grado II. Dependencia moderada: Situación en la que una persona requiere asistencia para llevar a cabo diversas actividades de la vida diaria dos o tres veces al día. No obstante, no demanda el respaldo constante de un cuidador ni presenta necesidades de apoyo extenso para preservar su autonomía personal; 3. Grado III. Dependencia severa: Situación en la que una persona requiere asistencia permanente para llevar a cabo las actividades cotidianas debido a una pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, y depende de manera esencial y continua de la ayuda de otra persona, o presenta necesidades de respaldo generalizado para mantener su autonomía personal.
Reportar contenido inapropiado
Este contenido no es apropiado?
0 comentarios
Deja tu comentario
Inicia sesión con tu cuenta o regístrate para añadir tu comentario.
Cargando los comentarios ...