Consulta Ciudadana Pública para la Expedición del Reglamento del Sistema Municipal de Cuidados de Monterrey, y Reforma diversas disposiciones del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey
Iniciativa para la Expedición del Reglamento del Sistema Municipal de Cuidados de Monterrey, y Reforma diversas disposiciones del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey
ARTÍCULO 15.
Los servicios de cuidado son los proporcionados por el Municipio con el objeto de brindar atención, asistencia y cuidados para las personas en situación de dependencia y se clasifican en los siguientes tipos, entre otros:1 Cuidados a domicilio: Son las actividades relacionadas con la asistencia personal o apoyo a personas cuidadoras o en situación de dependencia, realizadas dentro del hogar, con el fin de atender sus necesidades de la vida diaria. a) Cuidado Directo: Servicios relacionados con la atención personal en la realización de las actividades cotidianas, y b) Cuidado Indirecto: Servicios dirigidos al entorno físico en el que se encuentran las personas cuidadas y personas cuidadoras. Estos servicios podrán prestarse conjuntamente con los señalados en la fracción anterior;2. Cuidados institucionales: Servicios de cuidado que abarcan desde centros para el cuidado de niños con horarios escolares extendidos, hasta instalaciones especializadas para la atención de la primera infancia, cuidado de adultos mayores y centros diurnos destinados a personas en situación de dependencia;3. Cuidados residenciales: Son servicios de cuidados realizados en los centros de cuidados de larga estadía con pernocte de las personas; y 4.Apoyo material: recursos empleados con el fin de preservar o potenciar las capacidades individuales, favoreciendo la autonomía en todos los aspectos de la vida cotidiana. Se proporcionarán conforme al grado de dependencia de cada individuo y podrá evolucionar a lo largo de su trayectoria de vida y de su entorno.
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