Consulta Ciudadana Pública para la Abrogación del Reglamento de Protección Civil de la Ciudad de Monterrey y Expedición del Reglamento de Protección Civil y Gestión de Riesgos de la Ciudad de Monterrey
Iniciativa para la Abrogación del Reglamento de Protección Civil de la Ciudad de Monterrey y Expedición del Reglamento de Protección Civil y Gestión de Riesgos de la Ciudad de Monterrey
Artículo 81.-
Los establecimientos o bienes señalados en el artículo 55 que cuenten con una cantidad igual o menor de 10-diez empleados en total, requerirán de un Manual de Procedimientos De Emergencia, tendrá una vigencia anual y deberá ser actualizado y revisado, al menos, con una periodicidad no superior a dos años.
Reportar contenido inapropiado
Este contenido no es apropiado?
0 comentarios
Deja tu comentario
Inicia sesión con tu cuenta o regístrate para añadir tu comentario.
Cargando los comentarios ...