Consulta Ciudadana Pública para la Abrogación del Reglamento de Protección Civil de la Ciudad de Monterrey y Expedición del Reglamento de Protección Civil y Gestión de Riesgos de la Ciudad de Monterrey
Iniciativa para la Abrogación del Reglamento de Protección Civil de la Ciudad de Monterrey y Expedición del Reglamento de Protección Civil y Gestión de Riesgos de la Ciudad de Monterrey
Artículo 60.-
Los grupos voluntarios deberán organizarse conforme a las siguientes bases: I. Territoriales: Formados por los habitantes de una colonia, de una zona o de un centro de población del Municipio; II. Profesionales o de Oficios: Constituidos de acuerdo a la profesión u oficio que tengan; y III. De Actividades Específicas: atendiendo a la función de auxilio que desempeñen, constituidos por personas dedicadas a realizar acciones específicas de auxilio.
Reportar contenido inapropiado
Este contenido no es apropiado?
0 comentarios
Deja tu comentario
Inicia sesión con tu cuenta o regístrate para añadir tu comentario.
Cargando los comentarios ...