Consulta Ciudadana Pública para la Abrogación del Reglamento de Protección Civil de la Ciudad de Monterrey y Expedición del Reglamento de Protección Civil y Gestión de Riesgos de la Ciudad de Monterrey
Iniciativa para la Abrogación del Reglamento de Protección Civil de la Ciudad de Monterrey y Expedición del Reglamento de Protección Civil y Gestión de Riesgos de la Ciudad de Monterrey
Artículo 34.-
Para la prevención de accidentes, la comunidad en general deberá: I. Reportar todo tipo de riesgo, a la Dirección o a las autoridades de auxilio; II. Evitar el trasvase de gas fuera de la planta, esto, a través del trasvase de autotanque, de cilindro doméstico a vehículos, y de tanque estacionario a cilindros menores, así como evitar el tener más de un tanque estacionario en un domicilio; III. Solicitar la asesoría de la Dirección para la quema de pastos, cuando considere que por la extensión o localización del mismo se corre riesgo de un incendio incontrolable, tomando en cuenta de manera análoga la NOM-015-SEMARNAT/SAGARPA-2007; IV. Si una zona habitacional está considerada como zona de riesgo, deberá solicitar la presencia de la Dirección para una evaluación de percepción en y al momento; y V. Cumplir todas las disposiciones que se requieran y se dispongan para salvaguardar la seguridad y desarrollo del evento, por parte de la Dirección.
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