Consulta Ciudadana Pública para la Abrogación del Reglamento de Protección Civil de la Ciudad de Monterrey y Expedición del Reglamento de Protección Civil y Gestión de Riesgos de la Ciudad de Monterrey
Iniciativa para la Abrogación del Reglamento de Protección Civil de la Ciudad de Monterrey y Expedición del Reglamento de Protección Civil y Gestión de Riesgos de la Ciudad de Monterrey
Artículo 11.-
Al Secretario de Ayuntamiento en materia de Protección Civil le corresponde: I. Fungir como Secretario Ejecutivo del Consejo Municipal de Protección Civil; II. En ausencia del Presidente Municipal realizar las declaratorias de emergencia o de zonas de desastre de nivel municipal; y, III. Las demás que le otorguen el presente Reglamento y demás ordenamientos legales aplicables.
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