Consulta Ciudadana Pública para la Reforma del Reglamento de Protección Ambiental e Imagen Urbana de Monterrey
Iniciativa para la Reforma del Reglamento de Protección Ambiental e Imagen Urbana de Monterrey
Cambios en "ARTÍCULO 136."
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Título
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Cuerpo
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- +[" Son autoridades competentes para calificar y cuantificar el monto de las sanciones: I. El Presidente Municipal; II. El Secretario de Desarrollo Urbano Sostenible; y,III. El Secretario de Finanzas y Tesorero Municipal. IV. Juez o Jueza Cívica. (…) "]
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22/12/2023 14:08