Consulta Ciudadana Pública para la Expedición del Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Monterrey
Iniciativa para la Expedición del Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Monterrey
Articulo 129.-
Conductores no residentes. Se permite la conducción de vehículos a personas cuyas licencias de conducir vigentes hayan sido expedidas por Autoridades de otros Estados de la República Mexicana o del Extranjero, siempre y cuando dichos conductores tengan su residencia en el lugar donde fue expedida la licencia y ésta haya sido tramitada cumpliendo con los requisitos de edad y similares que en este Municipio se exigen para la autorización de licencias.
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