Consulta del Reglamento de Gobernanza Tecnológica para el Municipio de Monterrey
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Cambios en "Artículo 121. "
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- +["Artículo 121. La Secretaría, por medio de la Dirección de Gobierno Digital, implementará las tecnologías que permitan unificar servicios de información e integrar datos para realizar consultas. Las tecnologías señaladas en el párrafo anterior, operarán conforme a un modelo de arquitectura de integración de datos que permita acceder a los sistemas municipales, así como presentar la información a los Sujetos Obligados del Municipio y el público a través de la visualización de datos y tableros que permitan su accesibilidad."]
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09/06/2023 15:47