Consulta del Reglamento de Gobernanza Tecnológica para el Municipio de Monterrey
#GobernanzaTecnologica AhoraInnovamosJuntos Iniciativa de Reglamento de Gobernanza Tecnológica para el Municipio de Monterrey
Cambios en "Artículo 41. "
Ámbito
- +Distritos
Título
- -{"es"=>"41"}
- +{"es"=>"Artículo 41. "}
Cuerpo
- -["Artículo 41. Para que los datos sean interoperables deberán de cumplir al menos con lo siguiente: 1.Los activos de datos deben tener identificadores persistentes; 2. Los activos de datos se crearán, recopilarán, gestionarán y pondrán a disposición bajo las normas de datos y especificaciones acordadas en común y aprobadas por la coordinación de datos responsable; y 3. Deberán estar homologados y estandarizados de acuerdo con el lineamiento de nomenclatura y gestión de datos del Municipio."]
-
+["
Para que los datos sean interoperables deberán de cumplir al menos con lo siguiente: 1.Los activos de datos deben tener identificadores persistentes; 2. Los activos de datos se crearán, recopilarán, gestionarán y pondrán a disposición bajo las normas de datos y especificaciones acordadas en común y aprobadas por la coordinación de datos responsable; y 3. Deberán estar homologados y estandarizados de acuerdo con el lineamiento de nomenclatura y gestión de datos del Municipio.
"]